04 Europa

05.05.2014

La unión bancaria avanza

Xavier Freixas

La crisis financiera ha constituido una lección importante para Europa y para su estructura institucional y legal. La buena noticia es que nace de la crisis una unión bancaria europea. Aunque inicialmente la creación de la unión bancaria europea pareciese dudosa, ya que implicaba transferencias de recursos fiscales entre países, el texto ha podido ser consensuado haciendo hincapié en que dichas transferencias no tendrán lugar. Debemos felicitarnos por este avance importante en la construcción de un mercado único y esperar que si es necesario dichas transferencias tengan lugar.

La unión bancaria se basa en tres textos legislativos, adoptados el 15 de abril 2014: el mecanismo único de resolución, la directiva de resolución y recuperación bancaria y la directiva sobre sistemas de depósitos. Dichos textos han permitido un gran avance en la uniformidad de los sistemas bancarios.

La directiva de sistema de depósitos era absolutamente necesaria después de que el mecanismo del sistema de garantía de depósitos fuera puesto en entredicho, primero por el fallido del fondo de garantía de depósitos en Islandia y después por la evocación durante unos días de la posibilidad de un impuesto del 15% sobre los depósitos en Chipre. Se trata pues de un gran paso adelante en la estabilidad financiera de los países Europeos y en la confianza de los depositantes en el sistema bancario.
Las dos otros mecanismos dan armas al regulador para enfrentarse a un banco en dificultades. Hasta aquí el regulador tenía pocos instrumentos para amenazar de forma creíble a los accionistas de un banco, ya que la quiebra desordenada del banco era posiblemente más costosa para el regulador y para la estabilidad financiera que para el banco. Los accionistas podían presentar una batalla legal para proteger sus derechos dejando la situación en el limbo, por lo que la mejor solución era utilizar los fondos públicos para reestructurar el banco. Con los nuevos textos adoptados se refuerza el poder del regulador y se deja claro que las pérdidas serán en primer lugar para los accionistas y tenedores de deuda subordinada y deuda junior. Se espera poner fin así a la práctica de los rescates bancarios donde los contribuyentes tienen que financiar las pérdidas bancarias (o de las cajas de ahorros), algo que hemos presenciado en España de forma traumática.

Los nuevos textos van en la línea de una mayor eficiencia de una banca europea plenamente integrada y por ello debemos felicitarnos. Sin embargo hay algunos aspectos que pueden continuar preocupándonos.

En primer lugar, los textos se aplican a los 28 miembros de la Unión Europea, por lo que no se aplica a Islandia y la crisis Islandesa podría reproducirse a pesar de la unión bancaria.

En segundo lugar el mecanismo de resolución bancaria, destinado a reflotar los bancos demasiado grandes para que quiebren, incluye un fondo de 55.000 millones. Cuando pensamos que la crisis bancaria española llevó a 100.000 millones de fondos europeos disponibles, en un contexto en que los grandes bancos españoles eran perfectamente solventes, el importe del fondo parece exiguo.
En tercer lugar, y tal vez más preocupante, aparece la cuestión de si realmente no habrá transferencias de recursos fiscales entre países. Sobre el papel no los habrá. Sin embargo, si quiebra el HSBC, por ejemplo, ello implicaría que durante años las primas de riesgo sobre depósitos garantizados aumenten en toda Europa. En este caso, los españoles o franceses estarían pagando costes bancarios más altos porque el HSBC ha calculado mal su riesgo en Hong Kong. Desde luego esto no es una transferencia de recursos fiscales entre países pero tiene cierto parecido.

En definitiva, un paso adelante para la integración europea aunque como dicen los anglosajones el diablo está en los detalles, por lo que deberemos estar atentos a cómo se implementan los textos en cada uno de los países.

Xavier Freixas

Xavier Freixas

Director programas de Banca y Finanzas, UPF Barcelona School of Management

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